LA ACCIÓN DE LA UNIÓN EUROPEA: PACTO VERDE Y SOSTENIBILIDAD.

El clima, en cuanto problema común ligado a la misma supervivencia de la especie humana, se incorpora a la disciplina del Derecho internacional, en sus áreas del Derecho Público y Privado, -cooperación civil en el Derecho europeo- y presenta un perfil regulatorio: cumplimiento o compliance, Derecho administrativo en donde se encuentra el medio ambiente, siempre desde una doble perspectiva competencial y jerárquica.

Pueden citarse normas internacionales, singularmente europeas, estatales y autonómicas que aproximan distintas parcelas del ordenamiento (como la presupuestaria, la agraria, la industrial, la energética o la alimentaria) a la realidad  del cambio climático.

La acción internacional sobre el cambio climático marca las líneas generales y programáticas que luego se convertirán en la concreta normativa nacional siguiendo las hojas de ruta o marcadores de la acción internacional, dentro de las políticas que esta desarrolla -recordemos que los Art. 22  y siguientes del TUE que diseñan estas competencias.

Es de hacer notar el importante nivel de compromiso que alcanzan los Estados miembros dentro de las decisiones adoptadas en el seno de las Instituciones de la UE (Acuerdo Interinstitucional) desde la pandemia.

Como la Europa de la salud  o el control de la Rule of Law (estado de Derecho).

Por lo tanto, será la UE determina en los Estados miembros las políticas globales de medio ambiente.

Desde la perspectiva internacional el clima y su cambio, constituye  una política incluida en la sostenibilidad.

Baste ahora indicar que es la filosofía, cultura y estrategia que conduce al equilibrio de la especie humana en su entorno- environment-, como punto de partida de la biología y de la ecología y por ende de las actividades económicas.

Prescindiendo  de antecedentes, el punto de partida en la mentalización internacional de que era necesario actuar  coordinadamente ante el cambio climático es relativamente reciente. El Acuerdo de Paris  de 2015 impulsado por Naciones Unidas, sobre el cambio climático, fue adoptado el 12 de diciembre de 2015. Compromiso que aúna a hoy a 96 Estados.

El resultado es una hoja de ruta que conlleva una importante acción diplomática.

Su objetivo es reforzar la respuesta mundial a la amenaza del cambio climático, en el contexto del desarrollo sostenible y de los esfuerzos por erradicar la pobreza.

Tres meses antes, en septiembre de 2015, también en el  seno de la Asamblea General de las Naciones Unidas, se enmarcaba una  acción decidida en materia de sostenibilidad, al aprobarse la  Agenda 2030 para el Desarrollo sostenible y sus 17 Objetivos de Desarrollo sostenible (ODS) Los ODS constituyen un compromiso para acabar con la pobreza, proteger el planeta y garantizar que nadie se quede atrás disfrutando de paz y prosperidad. Ambos, la Agenda 2030, junto con el Acuerdo de Paris sobre el cambio climático constituyen por tanto la hoja de ruta para la cooperación internacional en materia de desarrollo sostenible, tanto en la faceta económica, social, medioambiental y de gobernanza Existe un compromiso para avanzar en su cumplimiento, con el objetivo puesto en 2030, sin perjuicio de los hitos 2040 y 2050. A tal efecto se ha creado el Foro Político de Alto Nivel sobre el Desarrollo Sostenible de las Naciones Unidas.

La Unión Europea ha suscrito los objetivos de desarrollo sostenible, y en la pasada legislatura 2015-2019 y en a actual, -incluido el tiempo de pandemia y quizás debido a esta- desarrolla una hoja de ruta  acelerada en el cumplimiento del objetivo 2030 así como  los determinados para 2040 y 2050.- Este año, 2050, se fija el objetivo de alcanzar una U.E climáticamente neutra.  Como hitos relevantes podemos citar el pacto verde (Green Deal); economía circular; la ley del clima; la acción de los consumidores y la iniciativa SLAPP en el ámbito de la Justicia civil.

El primer gran compromiso de la era de los ODS ha sido el Green Deal, en 2019.

En su desarrollo, entre los últimos hitos, referidos a seis meses (noviembre 2021 a mayo 2022) se han presentado por la Comisión importantes propuestas: para modernizar la normativa de la UE sobre emisiones industriales a fin de orientar a la gran industria en la transición ecológica a largo plazo; para hacer de los productos sostenibles la norma en la UE, o para fomentar los modelos de negocio circulares y capacitar a los consumidores de cara a la transición ecológica. Se presentaron opciones  para paliar los efectos de los elevados precios de la energía con compras conjuntas de gas y unas obligaciones mínimas de almacenamiento de éste.

Cabe destacar REPowerEU:  La acción europea conjunta por una energía más asequible, segura y sostenible. En efecto el imparto sobre Europa de la invasión de Ucrania por Rusia, condujo muy pronto a la Comisión Europea  a esbozar un  plan para que Europa sea independiente de los combustibles fósiles rusos mucho antes de 2030, empezando por el gas. REPowerEU tratará de diversificar el suministro de gas, acelerar el empleo de gases renovables y sustituir el gas en la calefacción y la generación de electricidad.

Esto puede reducir la demanda de gas ruso de la UE en dos tercios antes de finales de año.

Por otra parte, en marzo de 2020 fue aprobado un plan de acción referente a la Economía Circular. El Plan hará que la circularidad sea la norma en la vida de los europeos  y acelerará la transición ecológica de nuestra economía. La UE ofrecerá medidas decisivas para cambiar el primer eslabón de la cadena de la sostenibilidad: el diseño de los productos.  La transición hacia una economía circular se dirige a empresas, autoridades y consumidores pioneros en Europa este modelo sostenible. La Comisión velará por que la transición hacia una economía circular brinde oportunidades para todos, sin dejar a nadie atrás modificando sustancialmente la política de consumo.

En suma, una nueva oportunidad para los europeos que ya no permite marcha atrás.

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